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¿Falleció tu familiar quien cumplía con el pago de su crédito Infonavit? Te decimos qué hacer

Hogaresnoticia.com | admin Sin Comentarios

Los créditos hipotecarios, sin importar fueron originados en una institución pública o privada, cuentan con seguro por fallecimiento, que representa un alivio para las familias ante la pérdida de su pariente.

Redacción | Hogaresnoticia.com | 08 febrero 2021

Ciudad de México.- La pandemia por COVID-19 ha enlutado a muchas familias, y en algunos casos, se trata de personas que mantenían vigente el pago de su crédito de casa, ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit). ¿Qué se debe hacer? ¿Qué trámites tienen que realizar los deudos?

Las preguntas son múltiples. Partamos de que los créditos Infonavit cuentan con un seguro por fallecimiento, que ayuda a los familiares del acreditado a liberar la deuda y cancelar la hipoteca.

Una primera acción a realizar, es dar por enterado del fallecimiento en el Instituto, y de esta manera, sus funcionarios deberán determinar cuál es el estatus del crédito hipotecario.

De no existir adeudo, inicia el proceso y ejecución de garantías para los beneficiados. Ahora que si hay adeudo, éste puede ser una causa para que el seguro no aplique. Tienen que revisar aquí, las condiciones del seguro. 

Dar parte al Infonavit

Es importante decir que, en tanto no tengan información en el Infonavit sobre el fallecimiento del acreditado, seguirá aplicándose el cobro de los pagos e intereses.

Por eso, si se presentara esta situación, tú como familia puedes hacer lo siguiente:

Llama a Infonatel: 800 008 3900, para generar un número de caso y gestionar una cita. De igual manera, puedes acudir al Centro de Servicio Infonavit (CESI), más cercano para reportar la muerte del acreditado.

Necesitas tener a la mano:

a) Nombre completo del solicitante.
b) Correo electrónico del solicitante.
c) Número telefónico del solicitante.
2. Con el número de caso y el número de seguridad social del acreditado, ingresa a: este link y adjunta los siguientes documentos escaneados:
a) Acta de defunción.
b) Identificación oficial (IFE/INE), cédula profesional, pasaporte en original) del solicitante.
c) Acta de nacimiento del solicitante.
d) Si el acreditado falleció en el extranjero el acta deberá estar apostillada.
3. El día de tu cita, acude a la delegación del Infonavit que te corresponda (donde se encuentra la vivienda) con los documentos que previamente adjuntaste en el portal de Infonavit, para su validación.

¿Quién puede realizar el trámite?

El trámite puede realizarlo el beneficiario de la vivienda adquirida con el crédito Infonavit, en caso de que exista un testamento que lo avale; o bien cualquier persona que llame a Infonatel o acuda al CESI con los documentos originales del acreditado y las escrituras en original de la vivienda.

Te recordamos que en el Instituto, todos los trámites son gratuitos y personales.

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Categoría: Consejos de 10, Titulares

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