En la Cámara de Diputados se aprobaron diversas modificaciones al dictamen que fue previamente avalado por el Senado de la República el pasado 13 de diciembre de 2024; las reformas establecen los objetivos generales y particulares de las funciones de dicho instituto crediticio.

FOTO: Tomada de la página del Senado de la República / Hogaresnotcia.com
Redacción | Hogaresnoticia.com | 06/febrero/2025
Ciudad de México.- Las Comisiones de Reordenamiento Urbano y Vivienda y de Estudios Legislativos en la Cámara de Senadores, son las encargadas de analizar la minuta sobre el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), informó el presidente de la Mesa Directiva del Senado, Gerardo Fernández Noroña.
El legislador informó que desde el pasado 3 de febrero se turnó a esas comisiones, la minuta que envió la Cámara de Diputados para modificar la Ley del Infonavit, así como la Ley Federal del Trabajo.
Las reformas establecen los objetivos generales y particulares de las funciones de dicho instituto crediticio, con la finalidad de que participe en coordinación con actores públicos, privados y sociales, en la construcción de vivienda adecuada.
Cabe recordar que en la Cámara de Diputados se aprobaron diversas modificaciones al dictamen que avaló el Senado de la República el pasado 13 de diciembre de 2024, y que fue devuelto a la cámara alta para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional.
Entre los cambios que realizaron los diputados se encuentra la propuesta para crear una empresa filial encargada de la construcción de vivienda, que si bien, no se trata de una entidad paraestatal, sí estaría sujeta a mecanismos de control y transparencia.
Además se abre la posibilidad de celebrar contratos y convenios, que permitiría que empresas privadas participen en la construcción de vivienda, pero bajo el nuevo esquema en que se garantice el buen manejo de recursos y se prevengan casos de corrupción.
También se regula la figura del arrendamiento social, con lo que se establece un mecanismo que permita el acceso a la vivienda para las personas trabajadoras, mediante un arrendamiento accesible y con opción de compra.
Además, se prohíbe la actualización del saldo, el pago por concepto de amortización o los accesorios de los créditos otorgados a las personas trabajadoras, a efecto de poner fin a los cobros excesivos y a los intereses abusivos e impagables.
Entre las modificaciones está la facultad de veto de la persona directora general en la Comisión de Administración y Vigilancia, que será limitada y únicamente procederá cuando una resolución no sea adoptada por unanimidad y su único efecto será suspender la aplicación de la resolución correspondiente para que la Asamblea General resuelva, en definitiva.
La minuta establece facultades de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y la Auditoría Superior de la Federación en materia de vigilancia y fiscalización respectivamente sobre el Infonavit.
De igual forma, se preserva el mandato de que los recursos de las subcuentas de vivienda son y seguirán siendo patrimonio de las personas trabajadoras.
Otro punto importante es que se mantiene en la Comisión de Vigilancia, el Comité de Auditoría y el Comité de Transparencia del Instituto, una composición tripartita y paritaria, de tal suerte que sus funciones de supervisión y rendición de cuentas sean desempeñadas mediante pesos y contrapesos efectivos entre los sectores que conforman el Infonavit.
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