Es inevitable que una propuesta de reforma hacendaria genere inmediatamente un debate pues en buena medida una modificación al sistema tributario, implica una redistribución del ingreso entre distintos sectores de la población. Aquí mi modesto aporte a la confusión generalizada.
Por Jorge A. Mc Loughlin * | Hogar Es Noticia | 11 Sep 2013
El primer punto que debe analizarse en una reforma hacendaria es si la misma supedita los intereses sectoriales, por legítimos que sean, a los intereses generales o mejor dicho, si la misma está orientada o no a la búsqueda del bien común.
Entre las diversas opiniones que he escuchado en estos días, paradójicamente los más satisfechos parecen ser los partidos de izquierda, pero no por lo que la reforma trae, sino por lo que no trae: El IVA sobre alimentos y medicinas.
En el polo opuesto, los principales detractores están vinculados al sector vivienda, quienes ven en esta reforma un nuevo ataque a un sector ya muy golpeado y que además conspira con las pretensiones de la clase media para formar un patrimonio inmobiliario.
Dados mis escasos conocimientos en el tema me concentraré tan solo en el tema vivienda y lo haré desde la perspectiva de un ciudadano común, apartidario y que trata siempre que sea posible, de ver el vaso medio lleno antes que verlo medio vacío. Dentro del tema vivienda, me ocuparé a su vez de tan solo cuatro puntos:
a) El IVA sobre la venta de vivienda
b) El IVA sobre los intereses de los créditos hipotecarios
c) El IVA sobre las rentas
d) Las aportaciones al Infonavit
El IVA sobre la venta de vivienda
Las críticas más fuertes provienen en algunos casos de amigos a los que respeto mucho pero con los que difiero en este punto. Sostienen que al eliminar la exención del IVA a la venta de vivienda, inmediatamente la misma subirá 16 por ciento.
Hasta donde yo llego a comprender, contrariamente a este pronóstico, lo lógico sería que el precio de la vivienda nueva se mantuviera como hasta ahora.
Al no ser hoy un impuesto trasladable por parte del constructor, el IVA se convierte automáticamente en un costo, costo sobre el cual, legítimamente el empresario calcula su rentabilidad.
Poniendo un ejemplo simple, supongamos que una casa que hoy se vende en 330,000 pesos, tiene un costo total incluyendo el IVA de 300,000 pesos y una rentabilidad sobre el precio de venta del 10 por ciento.
Si el desarrollador puede trasladar el IVA del costos de sus materiales, estos – “ceteris paribus” – se reducen de 300,000 pesos a 258,621 pesos (300,000 / 1.16). Si sobre este costo seguimos calculando la misma rentabilidad del 10%, el precio final para el comprador debería ser de 258,621 pesos más 10% y sobre esto 16% que da un total de 330,000 pesos.
Mi conclusión entonces es que este impuesto indirecto no debería afectar el precio final del inmueble y que si los desarrolladores cayeran en la tentación de querer subir los precios con esta excusa en un contexto recesivo como el que vive el sector de vivienda, sería prácticamente un suicidio empresarial.
El IVA sobre los intereses de los créditos hipotecarios
Vamos a suponer un crédito de 360,000 pesos para comprar una casa de 400,000 pesos sobre la que la institución de crédito pide un anticipo o enganche de 40,000 pesos.
Suponiendo un sistema de amortización francés, en un plazo de 15 años y a una Tasa Nominal Anual del 10%, cada cuota sin IVA sobre los intereses, sería de 3,869 pesos. El promedio de intereses en cada cuota (tomamos este promedio pues como se sabe, en el sistema francés en primer lugar se pagan más intereses y menos capital) es de 1,869 pesos.
En este caso por la aplicación del IVA la cuota subiría de 3,869 pesos a 4,168 pesos, es decir, tendría un incremento de casi 300 pesos (7,72 por ciento).
Sin duda esto puede impactar en la demanda de crédito, especialmente de los sectores de más bajos ingresos, pero no al punto de llevar a una familia a la decisión de no tomar un crédito por esta medida.
El IVA sobre las rentas
Sin entrar en consideraciones sobre el impacto en la recaudación que esta medida puede tener y hasta donde puedo interpretar, este IVA si supondría un incremento directo en el costo para el arrendatario, dado que este no tiene posibilidad de trasladarlo. Algunos vaticinan que podrá ser deducible del ISR pero tampoco está claro que esto vaya a ocurrir.
La reducción de las aportaciones al Infonavit del 5 al 2 por ciento
Curiosamente este tema no ha levantado tanta polvareda en los sectores vinculados a la vivienda como los comentados en los párrafos precedentes, siendo que puede tener un tremendo impacto no solo en el propio Infonavit sino en todo el sector dado que esta institución coloca casí las 2/3 partes de los créditos del mercado hipotecario de vivienda en México.
Este 5% que se aporta sobre los salarios de los trabajadores se distribuye entre la sub cuenta de vivienda de los Trabajadores y en los seguros de desempleo. Personalmente, no me queda clara esta reducción como afectará los diversos conceptos que hoy se cubren con tal aporte.
¿Se reducirán las aportaciones a la sub cuenta de vivienda? ¿Se eliminarán tal vez las aportaciones al seguro de desempleo? Si fuera este último caso ¿este seguro de desempleo será cubierto por otro seguro implementado por el Gobierno Federal?
Otro interrogante fundamental en este punto, es saber si esta reducción no podrá ser considerada como una violación a los derechos de los trabajadores y en este caso, que reacción podrán tener los mismos.
La otra cara de la moneda
Concluyo pensando que es temerario condenar una reforma hacendaria por el impacto negativo que puede tener en los contribuyentes sin considerar a su vez los beneficios que la misma puede tener en la población en general.
Ciertamente los recursos que se esperan obtener con estas medidas, tienen algún destino en el presupuesto. ¿Cuántos de estos fondos serán destinado a los subsidios para la compra o construcción de vivienda? ¿Cuántos serán destinados a fortalecer las líneas de crédito de la Sociedad Hipotecaria Federal?
El debate recién comienza… los cabildeos de acá a diciembre serán realmente intensos. Seguramente no todo lo que se propone en la reforma será aprobado por los poderes legislativos, pero mejor pensar que la mayoría de estos puntos pasarán y que bajo estas nuevas reglas los empresarios deberemos seguir generando riqueza y empleos para poder finalmente “dar al César, lo que es del César”.
* Director General de Revisora de Avalúos | Síguelo en Twitter @JorgeMcLou
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2 Respuestas


una pregunta… se ha puesto a pensar en los que tomamos una hipoteca con anterioridad a una tasa fija (conociendo los pagos)lo que significa aumentarnos de un día a otro el 16% en los intereses?
Estoy seguro que junto con las otras medidas podrán poner en riesgo la factibilidad de pago.
Antonio, yo no digo que sea indiferente, sino que difícilmente afecte la demanda de crédito. En el caso de quienes ya han tomado el mismo, el impacto en la cuota será del orden del 8% en promedio para un crédito que recién se toma y a un plazo a 15 años. Si el crédito tiene ya vigencia de varios años o si el plazo es menor, el impacto en la cuota será menor.
Saludos y gracias por tu comentario.